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PROTOCOLOS DE ATENCIÓN
Teniendo en cuenta los deberes de los Notarios, contenidos en el Estatuto Notarial (decreto-Ley 960 de 1970), su Decreto Reglamentario 2148 de 1983, en el artículo 79 de la Ley 1952 de 2019 y en las demás normas especiales de que trata la función notarial, la Notaría 41 de Bogotá D.C., establece su protocolo de atención y transparencia con base en:
LOS SERVICIOS Y FUNCIONES NOTARIALES
LOS PROTOCOLOS DE BIOSEGURIDAD
Con el objeto de alcanzar la mejor experiencia de los usuarios, a través de la prestación de servicios integrales en un ambiente cómodo, ágil, amable y respetuoso, donde los clientes satisfagan sus requerimientos y los empleados se enriquezcan personal y profesionalmente.
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